

La Superintendencia Nacional de Salud, determina los parámetros de Inspección, vigilancia y Control que permitan el óptimo funcionamiento de los procesos de participación ciudadana señalados en la Constitución Política de Colombia, la ley 91 de 1989, la ley 100 de 1993, el Decreto 1757 de 1994, los Decretos 1301 de 1994 y 1795 de 2000, la Ley 352 de 1997, la ley 1122 de 2007, el Decreto 1018 de 2007 y las demás normas pertinentes.
Por lo anterior, las entidades del Sistema General de la Seguridad Social y en general las del sector salud, deben implementar y desarrollar la participación en salud, como uno de los instrumentos para involucrar a los afiliados en la toma de decisiones que les afectan y para ello adoptarán las siguientes modalidades y formas de la participación social en la prestación de los servicios de salud.